El acoso laboral o mobbing, cobra una importancia cada vez mayor entre las causas juzgadas en los tribunales. En circunstancias laborales tan inestables como las actuales, muchos trabajadores son sometidos a mobbing.
El profesor Leymann, de la Universidad de Estocolmo, pionero en la investigación del mobbing en Europa, estimaba ya en la década de los ochenta que un 3.5% de los trabajadores experimentaban acoso psicológico en su puesto de trabajo.
En España, en una encuesta de la Universidad de Alcalá de Henares sobre “Violencia en el entorno laboral”, un 5.5% de la población activa encuestada declaraba padecer algún tipo de problema psicológico que atribuían al acoso laboral. Según un estudio de esta universidad, el mobbing es ocasionado por superiores en un 46% y por compañeros en un 44%.
Diversos estudios hablan de hasta cinco tipos de actividades de acoso moral (Leymann, 1996): dirigidas a reducir las posibilidades de la víctima de comunicarse adecuadamente con otros, a evitar que la víctima tenga la posibilidad de mantener contactos sociales, a desacreditar a la víctima o impedirle mantener su reputación personal, también profesional, y actividades que afectan a la salud física y psíquica de la víctima. En otra entrada de nuestro blog, analizamos las principales causas que originan el mobbing.
El ciclo del mobbing
La víctima de mobbing pasa por unas etapas antes de comenzar a desarrollar su sintomatología, así la primera reacción es de alarma, la segunda de resistencia, y es cuando ya se han agotado los recursos personales cuando comienza la etapa de agotamiento con la aparición y establecimiento de síntomas.
Los efectos del mobbing son muy variados, pero entre ellos destacan los sentimientos de culpabilidad, vergüenza, pérdida de confianza, baja autoestima, alteraciones del sueño, hipervigilancia, cambios de personalidad, problemas interpersonales, fatiga crónica, ataques de pánico, ansiedad, estrés y depresión.
La respuesta de la organización ante el mobbing es la negación del problema, tratando de justificar la situación con la forma de ser de la víctima o su bajada de rendimiento profesional.
Lo descrito anteriormente suele ser el ciclo frecuente, pero es fundamental destacar que el mobbing puede tener dos caras en las que el psicólogo forense puede intervenir mediante el informe pericial o con el contrainforme: la víctima, y la falsa víctima que es verdugo en realidad.
En el primero de los casos el psicólogo forense evaluará el conjunto de síntomas para emitir el diagnóstico, mientras en el segundo, dado el caso, podrá emitir un exámen crítico de un informe presentado por otro perito.
En Barba León somos expertos en la materia. Contacte con nosotros si necesita un informe psicológico sobre acoso laboral.